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Mascotas en el arriendo

Pacta reglas claras en el contrato y revisa el reglamento del edificio; los daños los paga el inquilino.

Revisado el 5 de noviembre de 2026 · Por el equipo de APPQUILER

En el contrato de arrendamiento se pueden pactar reglas sobre mascotas: si se permiten, cuántas y qué tipo, y quién responde por los daños. Además, la convivencia con animales en edificios está regulada por la normativa de propiedad horizontal y de convivencia, que no puede contradecirse. Como la regulación cambia, revisa la norma vigente y el reglamento del edificio antes de redactar la cláusula.

Qué pactar

  • Si se permiten y cuántas.
  • Que el inquilino responde por los daños.
  • Aseo y convivencia.
  • Cumplimiento del reglamento del edificio.
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Preguntas frecuentes

¿Los daños de la mascota los paga el inquilino?

Sí, son daños por su culpa o la de quienes están a su cargo.

¿Puedo cobrar un depósito por la mascota?

No: los depósitos en dinero están prohibidos en vivienda (art. 16).

¿Puedo terminar el contrato por una mascota?

Si viola una cláusula válida o el reglamento, revisa con un abogado.

Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso. ¿Encontraste un error? Escríbenos a hola@appquiler.com.

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