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Entrega, daños y reparaciones

La mayoría de las peleas al final de un arriendo se ganan o se pierden el día de la entrega: lo que no quedó en el acta con fotos es difícil de probar. Y una reparación sin atender es la defensa favorita del inquilino que no paga.

Técnico repara la tubería del lavaplatos de un apartamento
Expediente del inmueble con APPQUILER

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Respuestas rápidas

Acta de entrega del inmueble

El acta de entrega documenta el estado del inmueble el día que el inquilino lo recibe y el día que lo devuelve: cada espacio y elemento con su estado y fotos, las llaves y controles, las lecturas de los medidores y las firmas de las partes. Sin acta con fotos es muy difícil cobrar daños, porque el inquilino solo debe devolver el inmueble en el estado en que lo recibió, salvo el deterioro por el uso normal. Leer la guía.

Inventario del inmueble arrendado

El inventario es la lista de lo que se entrega con el inmueble, por espacios, con cantidad, estado y fotos: puertas, ventanas, cerraduras, grifería, sanitarios, cocina, closets, lámparas y, si es amoblado, cada mueble y electrodoméstico con marca. Va anexo al contrato y al acta de entrega. Leer la guía.

¿Quién paga las reparaciones en un arriendo?

El arrendador debe entregar el inmueble en buen estado y hacer las reparaciones necesarias para que sirva (art. 8 de la Ley 820 y Código Civil). El inquilino responde por las reparaciones locativas (pequeños arreglos por el uso normal) y por los daños causados por su culpa o mal uso (art. 9 de la Ley 820). Lo que el contrato diga, dentro de la ley, aclara los casos dudosos. Leer la guía.

Desgaste normal o daño

Al terminar el arriendo, el inquilino debe devolver el inmueble en el estado en que lo recibió, salvo el deterioro natural por el uso normal (Código Civil). El desgaste normal, como pintura opaca o pisos con uso, no se cobra. Los daños por mal uso o culpa, como huecos, vidrios rotos o manchas permanentes, sí. La comparación con el acta de entrada y las fotos es la prueba. Leer la guía.

Cómo cobrar los daños al inquilino

Para cobrar los daños que dejó el inquilino, documenta el estado de salida frente al acta de entrada con fotos, obtén cotizaciones o facturas de la reparación y envíale una reclamación escrita con el valor y un plazo. Si acepta, firma un acuerdo; si no, el cobro requiere un proceso, porque los daños no son una suma clara del contrato hasta que se reconocen o se prueban. Incluye al codeudor. Leer la guía.