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Recuperar mi inmueble arrendado

Si el inquilino no paga o no entrega, el camino legal es la restitución de inmueble arrendado (art. 384 del Código General del Proceso) y, para el dinero, el proceso ejecutivo. Aquí está cada paso, lo que el juez exige y lo que le da argumentos a la otra parte.

Mano que entrega la llave de un apartamento en la puerta
Proceso de restitución de inmueble arrendado, explicadoRequisitos, consignación del inquilino, única instancia por mora, conciliación y diligencia de entrega.Cómo demandar a tu inquilino sin abogado, paso a pasoSi el proceso es de mínima cuantía puedes presentar tú mismo la demanda de restitución por mora: así se hace, de los requisitos a la entrega del inmueble.Cómo recuperar mi casa o apartamento arrendadoEntrega voluntaria, terminación con preaviso o restitución judicial: cuál te sirve según tu caso.Modelo de demanda de restitución, parte por parteQué va en cada parte de la demanda y los errores que la hacen inadmitir.¿Cuánto dura un desalojo en Colombia?La ley fija máximo un año para la primera instancia desde la notificación; sin oposición suele ser bastante menos.¿Cuánto cuesta demandar a un inquilino?Radicar es gratis. Los gastos son notificaciones, caución y diligencia; los honorarios se negocian por hitos.Diligencia de entrega del inmueble (lanzamiento)Con la sentencia en firme, el juez o un comisionado te entrega el inmueble. Así se prepara.Oposición a la entrega del inmuebleSi el opositor deriva su tenencia del inquilino, se rechaza de plano. Si alega posesión propia, debe probarla.Proceso ejecutivo para cobrar los arriendosEl contrato es título ejecutivo: con él cobras cánones, intereses y más, al inquilino y al codeudor.Cómo embargar al inquilino y al codeudorCuentas, una parte del salario y bienes, pedidos con la demanda y antes de notificar.El inquilino se declaró en insolvenciaLa aceptación de la negociación de deudas suspende la restitución por mora y el ejecutivo. Presenta tu crédito y vigila los cánones nuevos.Desalojo con niños o adultos mayores en el inmuebleLa entrega no se cancela, pero se programa con acompañamiento institucional. Prepáralo con tiempo.Ocupante sin contrato: qué hacerSi nunca fue tu arrendatario, el camino es la querella policiva, no la restitución.Cómo elegir un abogado para la restituciónVerifica su tarjeta, paga por hitos, limita la facultad de recibir y sigue tú mismo el radicado.Cómo consultar tu proceso por radicadoCon el radicado de 23 dígitos revisas cada actuación sin depender de nadie.¿Qué juez y puedo demandar sin abogado?La cuantía de tu restitución, el juez y si es mínima cuantía.¿Estoy listo para demandar?Revisa tu caso como lo atacaría el abogado contrario.
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Respuestas rápidas

Proceso de restitución de inmueble arrendado, explicado

La restitución de inmueble arrendado es el proceso judicial para recuperar el inmueble cuando el arrendatario incumple, por ejemplo, por no pagar el canon. Se rige por el artículo 384 del Código General del Proceso. Si la única causal es la mora, es de única instancia, y el inquilino no es oído si no consigna los cánones adeudados. Leer la guía.

Cómo demandar a tu inquilino sin abogado, paso a paso

Puedes demandar a tu inquilino sin abogado cuando el proceso es de mínima cuantía: hasta 40 salarios mínimos, $70.036.200 en 2026 (art. 28 del Decreto 196 de 1971). En la restitución, la cuantía es el canon por los meses pactados. Con el contrato firmado, la demanda solo por mora y la radicación gratuita en línea en la Rama Judicial, el juez de pequeñas causas o civil municipal del lugar del inmueble tramita el proceso. Leer la guía.

Cómo recuperar mi casa o apartamento arrendado

Hay tres caminos legales para recuperar un inmueble arrendado: un acuerdo de entrega voluntaria con el inquilino; la terminación del contrato por una causal del artículo 22 de la Ley 820, casi siempre con preaviso escrito de 3 meses; o, si el inquilino incumple o no entrega, la restitución de inmueble arrendado ante el juez del lugar del inmueble (art. 384 del CGP). Nunca lo saques por tu cuenta. Leer la guía.

Modelo de demanda de restitución, parte por parte

Una demanda de restitución de inmueble arrendado por mora debe tener lo que exige el artículo 82 del CGP: el juez del lugar del inmueble, las partes, las pretensiones (terminar el contrato y restituir el inmueble), los hechos numerados, las pruebas (el contrato firmado), la cuantía (canon por meses pactados) y las direcciones de notificación. Se aconseja alegar solo la mora para que sea de única instancia. Leer la guía.

¿Cuánto dura un desalojo en Colombia?

No hay una duración fija: depende de la carga del juzgado, de la notificación y de si el inquilino se opone. El Código General del Proceso fija un máximo de un año para dictar sentencia de primera instancia desde la notificación del demandado, prorrogable hasta seis meses (art. 121). Si el inquilino no consigna ni se opone, el juez dicta sentencia sin más trámite (art. 384 num. 3). Leer la guía.