Actualizado el · Revisada por el equipo de APPQUILER: propietarios, inquilinos y abogados
Para arrendar habitaciones en tu casa, firma un contrato escrito por cada habitación que delimite el espacio privado y las zonas que se comparten contigo, los servicios incluidos y el reglamento de la casa. Es arrendamiento compartido o pensión (art. 4 de la Ley 820). Las reglas de convivencia deben ser razonables: puedes regular las visitas, no prohibirlas del todo.
Qué acordar
- Habitación, baño y muebles.
- Uso de cocina, nevera, lavadora y sala.
- Servicios incluidos.
- Horarios de silencio y visitas.
- Aseo de zonas comunes.
Compartido o pensión
Si das alimentación o aseo de la habitación y es por menos de un año, puede ser pensión: cualquiera termina con 10 días de aviso. Lee contrato de pensión.
Cada habitación es un inmueble con su contrato, sus pagos y su portal. Lo compartido, como wifi, reglamento, turnos y servicios, se define una vez para todo el coliving.
Preguntas frecuentes
¿Puedo entrar a la habitación?
Es la parte privada del arrendatario: entra solo con su autorización o en una emergencia.
¿Puedo cobrar por un visitante que se queda?
Puedes pactar un cargo fijo por ocupante adicional.
¿Necesito permiso del edificio?
Revisa el reglamento de propiedad horizontal.
Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso. ¿Encontraste un error? Escríbenos a hola@appquiler.com.