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Necesito mi inmueble: cómo recuperarlo

Al vencimiento, con 3 meses de preaviso y una garantía de 6 cánones por si no cumples la causal.

Actualizado el · Revisada por el equipo de APPQUILER: propietarios, inquilinos y abogados

Si necesitas el inmueble para vivir en él al menos un año, demolerlo, repararlo o entregarlo por una venta, puedes terminar el contrato al vencimiento del término inicial o de una prórroga, con preaviso escrito de 3 meses (art. 22 num. 8 lits. a, b y c de la Ley 820). Debes constituir una garantía de 6 cánones, que se usa si no cumples la causal dentro de los 6 meses siguientes a la entrega.

Requisitos

  1. Que la terminación coincida con el vencimiento del contrato o de su prórroga.
  2. Preaviso escrito de 3 meses por servicio postal autorizado.
  3. Garantía bancaria, de seguros o en dinero por 6 cánones.
  4. Cumplir la causal dentro de los 6 meses siguientes.

Si no tienes causal

Con 4 años de ejecución puedes terminar al vencimiento por tu sola voluntad, pagando 1,5 cánones (art. 22 num. 8 lit. d). Durante una prórroga, con 3 cánones (num. 7).

Pareja lleva cajas y una planta durante una mudanza
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Preguntas frecuentes

¿Y si el inquilino no se va?

Demanda la restitución por terminación del contrato.

¿Para quién es la garantía?

Para el arrendatario, si la causal no se cumple.

¿Puedo venderlo con el inquilino adentro?

Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso. ¿Encontraste un error? Escríbenos a hola@appquiler.com.

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