Actualizado el · Revisada por el equipo de APPQUILER: propietarios, inquilinos y abogados
Aunque debas el arriendo, el arrendador no puede cortarte los servicios, cambiar la guarda ni entrar sin permiso: solo un juez puede ordenar la entrega. Puedes acudir a la autoridad de policía, y si te suspendieron los servicios a propósito puedes terminar el contrato o restablecerlos y descontar lo pagado del canon (art. 24 num. 1 de la Ley 820).
Qué hacer
- Documenta con fotos y testigos.
- Acude a la policía o inspección.
- Busca asesoría gratuita.
- Sigue pagando o consignando para no quedar en mora.
Pactas en el contrato que el portal es el canal formal. Desde ahí tu inquilino paga, reporta y pregunta, y cada cosa queda radicada con fecha y hora.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que seguir pagando?
Sí, para no darle una causal; si no te reciben, consigna.
¿Puedo cambiar yo la guarda?
Puedes proteger tu tenencia; evita escalar el conflicto y busca la autoridad.
¿Me pueden sacar mis cosas?
No sin orden judicial.
Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso. ¿Encontraste un error? Escríbenos a hola@appquiler.com.