Saltar al contenido
APPQUILERColombia

¿Hay que autenticar el contrato de arrendamiento?

No es obligatorio, pero protege. La firma electrónica con trazabilidad también vale.

Actualizado el · Revisada por el equipo de APPQUILER: propietarios, inquilinos y abogados

No es obligatorio autenticar el contrato de arrendamiento: es válido con la firma de las partes. Pero autenticar las firmas en notaría, o firmar electrónicamente con un registro que identifique a cada firmante (Ley 527 de 1999), protege contra la defensa de «esa no es mi firma», que el demandado puede usar para alargar la restitución.

Por qué conviene

Si el inquilino tacha de falsa la firma (art. 269 del CGP), el proceso se complica. Una firma autenticada o una firma electrónica con atribución y huella del documento son la mejor defensa.

Opciones

  • Notaría: cada parte autentica su firma.
  • Firma electrónica: válida si el método identifica al firmante y es confiable (Ley 527 de 1999, art. 7). Debe quedar registro de quién, cuándo y qué documento firmó.

Cómo firma APPQUILER

Cada parte recibe el texto completo, firma con un código de un solo uso y queda registrada la fecha, la IP, el dispositivo y la huella SHA-256 del contrato. Si prefieres notaría, la app te deja cargar el contrato autenticado.

Firma de un contrato de arrendamiento sobre un escritorio
Contrato de arrendamiento con APPQUILER

Eliges cómo quieres arrendar y la app escribe un contrato coherente, numerado y con las cláusulas que protegen tu cobro. Sin abrir Word.

Descargar gratis

Preguntas frecuentes

¿Un contrato por WhatsApp es válido?

Un mensaje de datos puede tener valor (Ley 527), pero es difícil de probar. Un contrato con firma trazable es mucho mejor.

¿El codeudor también debe autenticar?

Conviene que todas las firmas tengan el mismo respaldo.

¿Cuánto cuesta autenticar?

Lo fija la tarifa notarial vigente por firma.

Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso. ¿Encontraste un error? Escríbenos a hola@appquiler.com.

Sigue leyendo