Saltar al contenido
APPQUILERColombia

¿Cuánto puedo subir el arriendo?

Hasta el IPC del año anterior, cada 12 meses y notificándolo por escrito: 5,10 % en 2026.

Actualizado el · Revisada por el equipo de APPQUILER: propietarios, inquilinos y abogados

El canon de vivienda se puede reajustar cada 12 meses de ejecución en una proporción que no supere el 100 % del IPC del año calendario anterior (art. 20 de la Ley 820). Para los reajustes de 2026 el tope es 5,10 %, el IPC de 2025 según el DANE. Para 2027 se usará el IPC de 2026, que el DANE publica a comienzos de enero. El reajuste debe notificarse por escrito o no es exigible.

Cómo se calcula

Nuevo canon máximo = canon actual × (1 + IPC del año anterior). Ejemplo para 2026: $1.500.000 × 1,051 = $1.576.500.

Calcúlalo con la calculadora de reajuste.

Requisitos

  • Han pasado 12 meses con el mismo canon.
  • No supera el IPC del año anterior.
  • El nuevo canon no supera el 1 % del valor comercial (art. 18).
  • Se notifica al inquilino el valor y la fecha, por servicio postal autorizado o el medio de notificación pactado (art. 20). Sin aviso, no es exigible.

¿Se puede subir más?

No en vivienda. Solo un nuevo contrato con un canon que respete el tope del 1 %.

Persona calcula el canon y los gastos del arriendo con una calculadora
Cobro del arriendo con APPQUILER

La app recuerda, avisa y registra. El inquilino paga directo a tu cuenta por Bre-B o transferencia y carga su soporte; tú solo confirmas.

Descargar gratis

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio subirlo?

No. Es un derecho del arrendador.

¿Si no lo subí el año pasado, puedo sumar dos años?

La ley habla del IPC del año calendario anterior en cada reajuste; sumar años no está previsto.

¿Y si el inquilino pagó el reajuste sin aviso?

No puede reclamar la devolución por la falta de aviso (art. 20).

Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso. ¿Encontraste un error? Escríbenos a hola@appquiler.com.

Sigue leyendo