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Otrosí al contrato de arrendamiento

Para cambiar algo del contrato, por escrito y firmado por todos, también por el codeudor.

Actualizado el · Revisada por el equipo de APPQUILER: propietarios, inquilinos y abogados

Un otrosí es el documento con el que las partes modifican o aclaran el contrato de arrendamiento: cambiar el canon de común acuerdo, el plazo, el día de pago, agregar un ocupante o corregir una cláusula. Debe identificar el contrato original, decir exactamente qué cambia y desde cuándo, y firmarlo el arrendador, el arrendatario y el deudor solidario para que la garantía cubra el cambio.

Qué debe tener

  1. Referencia al contrato original: partes, inmueble y fecha.
  2. La cláusula que se modifica y el texto nuevo.
  3. Fecha desde la que rige.
  4. Que lo demás del contrato sigue igual.
  5. Firmas de todos, incluido el codeudor.

Cuándo no hace falta

El reajuste anual dentro del IPC no requiere otrosí: basta notificarlo por escrito (art. 20 de la Ley 820).

Firma de un contrato de arrendamiento sobre un escritorio
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Preguntas frecuentes

¿Un otrosí cambia el término de la prórroga?

Puede pactarse, siempre dentro de la ley.

¿Lo tengo que autenticar?

No es obligatorio; conviene que tenga el mismo respaldo de firma que el contrato.

¿Puedo bajar el canon temporalmente?

Sí, de común acuerdo; deja claro desde cuándo y hasta cuándo.

Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso. ¿Encontraste un error? Escríbenos a hola@appquiler.com.

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